Dictaminación

Para la presentación de la oferta técnica el oferente debe:

Entregar carta original del fabricante, distribuidor u oferente en hoja membretada firmada bajo protesta de decir verdad por su representante legal o equivalente, a nombre del Gobierno del Estado de México u Organismo Auxiliar en la cual señale cada uno de los siguientes puntos:

1.- Que el oferente es un distribuidor autorizado de la marca ofertada para comercializarla, y que cuenta con todo el respaldo para cumplir con los tiempos de entrega de los equipos ofertados para el proceso adquisitivo del que se trate.

2.- Que la garantía de los bienes informáticos de esta partida es de 3 años en todas sus partes incluyendo dispositivos de almacenamiento, la cual es vigente a partir de la fecha de la entrega total de los bienes y a entera satisfacción del área usuaria, considerando mano de obra y componentes, sin costo adicional.

2.1.- Indicar en la oferta técnica el tipo de garantía que se va a proporcionar, la cual puede ser alguna de las siguientes:

  • La garantía se debe proporcionar por el fabricante en sitio.
  • La garantía se debe proporcionar por el fabricante el primer año en sitio y los dos años siguientes a través de los centros de atención a garantías autorizados para atender reportes y fallas, asegurando que existe por lo menos uno de estos centros en el Valle de Toluca y tres en la Zona Metropolitana de la Ciudad de México, entregando en la misma, la lista de los centros de atención a garantías autorizados, conteniendo: razón social, dirección, teléfono y correo electrónico.

2.2.- Especificar el procedimiento para la atención de reportes y fallas señalando los datos que necesita el usuario para realizar dicho procedimiento, incluyendo una línea telefónica del fabricante sin costo de llamada para el usuario, correo electrónico, días y horarios de atención.

2.3.- Compromiso que el tiempo de respuesta es de 5 horas máximo para la atención de reportes y un día hábil para solución del problema; en otro caso, en un lapso no mayor a dos días hábiles siguientes a la falla reportada, se debe proporcionar otro equipo de características iguales o superiores a fin de asegurar la continuidad del servicio, hasta que se devuelva el equipo original. La reintegración del equipo no debe exceder a 15 días hábiles posteriores a la incidencia, o se considera un reemplazo en garantía.

2.4.- Compromiso del fabricante, distribuidor u oferente, de reemplazo del equipo por otro igual o de características superiores, en el caso de presentar tres reportes de fallas de hardware instalado de fábrica dentro de un periodo de 60 días naturales a partir de su recepción.

3.- Que el equipo ofertado y sus componentes se apegan a los estándares de la industria, en particular al registro de compatibilidad con Windows en la página WEB de Microsoft, sin problema de compatibilidad tanto entre ellos, como con el software solicitado; todos los componentes deben ser internos e integrados al equipo y deben ser absolutamente nuevos, de fábrica.

4.- Que el equipo ofertado es resultado de las más recientes líneas de producción del fabricante y se encuentra incluido dentro del Road Map vigente a la fecha de la presentación de la oferta técnica, garantizando que el Gobierno del Estado de México NO está adquiriendo equipo técnicamente obsoleto.

5.- Que el equipo ofertado cuenta con soporte técnico en Internet, plasmando la URL específica de la página WEB pública del fabricante, que permita consultar por modelo, características del equipo así como disponibilidad de drivers de la tarjeta principal, video, red, utilerías y actualización del BIOS.

III. GENERALES

Para garantizar la veracidad de los productos ofertados, la Dirección General del Sistema Estatal de Informática o área equivalente se reserva el derecho de realizar en cualquier momento durante el proceso adquisitivo la verificación/investigación en Internet, revisión de folletos técnicos, manuales, brochures, catálogos e impresiones directas de la página del fabricante o investigaciones físicas de los productos ofertados, con la finalidad de verificar que las especificaciones técnicas de los productos y/o servicios ofertados cumplen con todas las especificaciones solicitadas en el acto de licitación que se trate.

IV. NORMAS DE SEGURIDAD Y CALIDAD APLICABLES

Para el cumplimento de las normas que se soliciten de manera específica en cada partida o partidas contenidas en el presente dictamen técnico, el oferente debe adjuntar copia simple de los certificados vigentes que acrediten su cumplimiento y mostrar al momento de presentar su oferta técnica, los originales o copias certificadas por notario o corredor público, para propósitos de cotejo.

Para el caso del certificado de la norma de calidad NMX-CC-9001-IMNC: 2000, ISO-9001:2000 ó ISO-9001:2008, el cumplimiento debe demostrarse únicamente mediante copia simple del certificado vigente y con carta de fabricante firmada por su representante legal o equivalente donde manifieste que el modelo comercial del equipo ofertado, está incluido dentro del sistema de aseguramiento de la calidad certificado y que ampara la totalidad del proceso productivo desde su diseño atendiendo lo siguiente:

Normas de seguridad

NOM-001-SCFI-1993 Aparatos electrónicos … Requisitos de seguridad y métodos de prueba para la aprobación de tipo.

  • Emitidos por un organismo de certificación acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación y aprobado por la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía.
  • Expedido a nombre de la empresa fabricante, distribuidor u oferente de los bienes, especificando marcas y modelos.

NOM-019-SCFI-1998 Seguridad de Equipo de Procesamiento de Datos.

  • Emitidos por un organismo de certificación acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación y aprobado por la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía.
  • Expedido a nombre de la empresa fabricante, distribuidor u oferente de los bienes, especificando marcas y modelos.
  • Debe indicar la leyenda “Equipo de Procesamiento de Datos, CPU, Computadora”

NMX-I-163-NYCE-2003 Productos Electrónicos Sistemas Electrónicos de Energía Ininterrumpida

  • Emitidos por un organismo de certificación acreditado por la Entidad Mexicana de Acreditación.
  • Expedido a nombre de la empresa fabricante, distribuidor u oferente de los bienes, especificando marcas y modelos.
  • No se acepta el reporte de pruebas emitido por un laboratorio.

IEC60950 Equipos de Tecnologías de la Información.

  • Expedida a nombre de la empresa fabricante, distribuidor u oferente de los bienes, especificando marcas y modelos

Norma de calidad

NMX-CC-9001-IMNC: 2000 o equivalente ISO-9001:2000 o ISO-9001:2008Sistemas de Gestión de la Calidad.

  • Expedido a nombre de la empresa fabricante de los bienes ofertados.

  • Y carta del fabricante y firmada por su representante legal o equivalente donde manifieste que el modelo comercial del equipo ofertado está incluido dentro del sistema de aseguramiento de la calidad certificado y que ampara la totalidad del proceso productivo desde su diseño.

V. REQUERIMIENTOS PARA EL ORGANO ADQUISITIVO

Para garantizar la veracidad de los productos ofertados, la Dirección General de Recursos Materiales o área equivalente que lleve a cabo el proceso adquisitivo, debe solicitar al oferente participante anexar obligatoriamente folletos, catálogos, brochures o impresiones directas de la página del fabricante del equipo ofertado, que permitan verificar las especificaciones de los productos ofertados contra las especificaciones solicitadas.

VI. NORMATIVIDAD ADMINISTRATIVA APLICABLE

Con fundamento en las normas administrativas SEI-023 y SEI-024 y para la mejor toma de decisiones de la Dirección General del Sistema Estatal de Informática, es indispensable el conocer oportunamente las condiciones y calidad de los bienes y servicios que adquiere y/o contrata el Gobierno del Estado de México, por lo que se solicita a la Universidad Tecnológica de Tecámac el cumplimiento cabal en tiempo y forma de dichas normas.

Una vez emitido el dictamen técnico, la adquisición queda sujeta a la disponibilidad presupuestaria correspondiente, siguiendo los procedimientos establecidos en la normatividad vigente y aplicable.

El presente dictamen técnico tiene vigencia de seis meses a partir de la fecha de emisión.

Con fundamento en las Normas Administrativas para la Asignación y Uso de Bienes y Servicios de las Dependencias y Organismos Auxiliares del Poder Ejecutivo Estatal, es oportuno reiterar que son dos momentos y situaciones distintas las que tienen que ver con la emisión del dictamen técnico por la Dirección General del Sistema Estatal de Informática y los trámites para la adquisición de los bienes y servicios.

El presente dictamen técnico es de observancia obligatoria y no puede ser alterado o modificado bajo ninguna circunstancia y/o adicionar cualquier otro tipo de bienes y/o servicios de lo aquí expresado sin la autorización por escrito de la Dirección General del Sistema Estatal de Informática.

La Universidad Tecnológica de Tecámac, sin menoscabo a lo establecido en el presente dictamen técnico, debe de dar cumplimiento al proceso adquisitivo conforme a lo establecido en el Libro Décimo Tercero del Código Administrativo del Estado de México y su Reglamento, así como a las Normas Administrativas vigentes en la materia.